A partir de una revisión de la
propuesta e iniciativa que ha presentado el presidente electo Enrique Peña
Nieto en donde propone reformar varios artículos de la Constitución Política
para dotar al IFAI de una serie de atribuciones que permitan su fortalecimiento
nos enfrentamos a un escenario del que tenemos que poner atención en el
argumento fundamental de la propuesta, la posibilidad de que el mayor órgano de
acceso a la información adquiera su autonomía no tiene desperdicio. La serie de
elementos complementarios que conforman la propuesta de iniciativa del presidente
electo nos permite tener una idea de lo que implica el sistema de regulación
del sistema de transparencia y rendición de cuentas que el nuevo gobierno
federal tiene contemplado.
Destaquemos sus virtudes de la
propuesta:
i) establece que el IFAI
contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, así también gozará de
autonomía técnica, de gestión y para decidir sobre el ejercicio de su
presupuesto y organización interna.
ii) se amplían sus competencias
y atribuciones en materia de intervención en asuntos de los tres poderes de la
federación, asimismo se convertirá en órgano de segunda instancia con el
objetivo de que los ciudadanos puedan impugnar las resoluciones de los
institutos estatales que en materia de acceso a la información y transparencia
tengan las atribuciones correspondientes.
iii) se dota de un blindaje a
las resoluciones del IFAI para que sus veredictos sean inatacables y
definitivos
iv) se propone homogeneizar las
leyes estatales en materia de acceso a la información y transparencia con las
adecuaciones que la reforma federal establezca
Hasta aquí las propuestas de las posibles adecuaciones. A
partir de la experiencia nacional con los órganos autónomos son espacios que se
ven expuestos a un fenómeno de desaprobación de los actores políticos que se
ven impactados con el fortalecimientos de estos órganos. Quizá por eso hay que
evaluar con cierta preocupación que se mantenga que el Senado de la República
se encargue de la nominación de los futuros comisionados del Instituto Federal
de Acceso a la Información a propuesta del titular del Ejecutivo federal, el quid se encuentra en esos detalles que
involucra la falta de consensos que si no se alcanzan el presidente de la
República podrá nombrar directamente a los comisionados si después de las dos
ocasiones en que se haga la respectiva propuesta esta no logra la mayoría.
Desde esta perspectiva el cambio es un maquillaje para dotar al presidente de
la capacidad para corregir las situaciones contrafácticas y de cierta manera
este momento en el que el poder Ejecutivo tendrá la resolución final
–insistimos si no existen acuerdos entre Senadores y Ejecutivo federal- es así
que estamos ante una probable situación en la que la imposición de los futuros
comisionados es una probabilidad.
A lo largo de su existencia el
IFAI ha tenido que enfrentar momentos de confrontación con órganos pertenecientes
al gobierno federal o estatal en los que su desempeño contingente, exige de una
serie de reformas que le permitieran convertirse en el órgano garante de la
transparencia que demanda un modelo democrático que pretende dotarse de un
principio de publicitación que den sentido a la existencia de un gobierno
abierto. Modelo que durante los dos sexenios que estuvieron bajo la influencia
del Partido Acción Nacional nos ofrecen prácticas deficitarias que en el año 2010
con base al índice de presupuesto abierto tenemos que México se encuentra en un
rango nada halagüeño en materia de transparencia presupuestal pues su nivel de
desarrollo de políticas favorecedoras de rendición de cuentas lo ubican como un
país que brinda “alguna información a sus ciudadanos” es así que sus niveles de
desarrollo apenas rebasan los 50 puntos cuando la calificación más alta es 100.
Para 2011 con base al informe del Índice Latinoamericano de Transparencia
Presupuestal el país obtiene 45 puntos de 100 probables, enfrentamos un
verdadero problema social, más que político con base a este tipo de
evaluaciones.
Desde luego que la obligación para que las
legislaturas locales sintonicen sus normas en materia de transparencia con los
valores rectores de la Constitución federal que a partir de la posible
modificación que propone la iniciativa de Enrique Peña Nieto no implica que en
el plazo perentorio de un año que se propone para la adecuación estatal de las
leyes esto ocurra, estas medidas no necesariamente garantizan este proceso de
democratización que profundice en este proceso de autonomización de los órganos
estatales. Ya que hay que dimensionar que el desempeño gubernamental tiene en
las manos de los gobernadores a un actor político clave ya que el dominio que
han hecho sobre sus espacios de influencia hace de ellos un lugar en el que se
ha generado una feudalización de la política local. Prevenir que los órganos
autónomos en materia de transparencia se vean expuestos a este avasallante
control requerirá buscar que la nominación de los comisionados en el orden
estatal no se vean expuestos a estos controles o manipulación de los
gobernadores; de quienes se busca una sensibilidad para asumir que estos
órganos autónomos son actores institucionales que como contrapesos políticos
permiten dotar de una legitimidad de la que adolecen los gobiernos, de ahí que
pensemos en un modelo de transparencia al que deberá garantizársele recursos en
la proporción de su valor social que guarda.
Finalmente es importante reconocer que los
veredictos sean inatacables y definitivos ya que al dotarlo de esta capacidad
que aunado con la atribución o facultad para presentar controversias para
observar leyes estatales coloca a este órgano autónomo en un nivel distinto de
su desarrollo institucional. Es valioso advertir que instancias gubernamentales
se verán observadas y obligadas de brindar información de esta manera estaremos
ante un nuevo escenario que frene acciones de omisión como las que el Sistema
de Administración Tributaria realizó al negar información sobre los nombres de
personas físicas o morales a quienes se les canceló créditos por un monto de 73
mil 960 millones de pesos en el año 2007. En dicha controversia entre el SAT y
el IFAI, la Suprema Corte resolvió a favor del SAT a pesar de que asumimos que
el principio de máxima publicidad que establece la Constitución Política en el
artículo 6º garantizaba este derecho y
obligación de que toda información pública debe estar abierta y a revisión de
la sociedad.
Es también oportuno colocar el tema de lo
local como preocupación en un modelo de transparencia y rendición de cuentas
los controles sobre los poderes formales tienen en organismos como los órganos
de trasparencia estatal espacios que si se garantiza su autonomía se gana en
calidad de la vida institucional y democrática del país en la que se requiere
de la corresponsabilidad en la materia ya que de nada sirve un trabajo del que
no se reconoce su valor e importancia. Por ejemplo el IFAI en su informe presenta
datos relevantes de su trabajo de 2004 a 2011, ha presentado 77 denuncias por
incumplimiento 18 ante las contralorías que tienen competencia en materia de
transparencia 59 denuncias ante la Secretaría de la Función Pública de las que
21 casos están en trámite y 36 al no encontrar elementos para acreditar
responsabilidad de los servidores públicos fueron desechados. Ante este
panorama dotarle de capacidades de ejecución al IFAI en sus veredictos es un
aporte del que lejos de celebrar tenemos que reconocer pendientes ya que las
evaluaciones nacionales traen aparejadas contradicciones la existencia de un
modelo de transparencia en el que los sujetos obligados se comportan de manera
distinta ante un mismo marco regulatorio dependiendo del tipo de información
que se solicita, el organismo público así como el estado de la República en que
se hace la solicitud, esta característica hace que el sistema de transparencia
sea asimétrico tal y como el CIDE lo ha expuesto. Es así que la calidad de la
información que se brinda al ciudadano no es materia ni motivo de sanción o de
mecanismos de verificación de quien la solicita. Esta situación obliga a
plantear tres retos futuros para México:
a) los órganos autónomos
que tienen competencia en materia de transparencia deben fortalecerse y romper
cualquiera de los vínculos de relación con los gobiernos estatales o federales,
incluyendo la nominación de sus comisionados. Dichos nombramientos quizás deban
recurrir a un modelo de terna como ocurre con la nominación de los magistrados
de la Suprema Corte de la Nación; b) establecer un proyecto de transparencia y
rendición de cuentas que se plantee mecanismos de verificación ciudadana de la
información que se publicita, los criterios de máxima publicidad debe ir
regulados éticamente por acciones en los que impere la calidad de la
información brindada, bajo escenarios en los que las nuevas tecnologías son
parte de esta condición de plena accesabilidad y de información clara y
efectiva que no debe escapar como criterio factible a seguir y, c) incentivar
una sociabilización que favorezca un impulso de una cultura de la transparencia
como principio democrático de confianza y certidumbre democrática. Esto son los
pendientes inmediatos.