regeneración
lunes, 15 de mayo de 2017
espacio público y participación ciudadana
Como esfera lo público es una construcción social que define sus objetivos a partir de la restitución de derechos que el sujeto político recupera para sí, es por eso que democracia radical y ciudadano son figuras de una construcción de un proyecto político activo en y desde lo público. La construcción de lo público como un mundo común, dimensiona un espacio que podemos vincular con un proyecto de revolución democrática en la que un imaginario de igualdad impulsa la búsqueda de sentido en favor del cambio, es decir se debe configurar un proyecto que construya un nuevo orden basado en un principio de justicia que conforme una serie de derechos que permita la determinación de un proyecto hegemónico en el que se establece un sentido de entendimiento de los procesos históricos en los que se busca el reconocimiento de un sujeto histórico que asuma los retos venideros como momentos de transformación.
Este nuevo ejercicio de participación política se caracteriza porque no se somete a los modelos políticos de mediación que representan los partidos, por fuera de ellos hay una serie de argumentos negativos que limitan su actuar para favorecer su trabajo público, por ello es la manifestación de individuos y colectivos que al quebrar los monopolios existentes redimensionan las capacidades autónomas del sujeto para formular un sujeto de derechos en el ámbito de lo político. Este momento de lo político es entendido como un proceso de reconocimiento de capacidades públicas, el hombre como un ser político denota una cualidad innata desde la perspectiva de Arendt, la acción como principio-discursivo y la política como la capacidad de interacción, como un lugar que se constituye entre los hombres , que de cierta forma responde a un ejercicio de plena libertad.
Por eso tenemos que reconocer que hay un nuevo rostro de la participación pues en el esquema donde lo social es un punto intermedio entre el poder y el mercado. Sin embargo hay que valorar que se ha diluido el valor de lo social como un espacio de deliberación que instituía los diversos órdenes de la vida colectiva, ante ello si persiste este error, la pregunta es y será ¿el surgimiento de la categoría política y economía si no derivan de la acción y actividad que el hombre realiza en el ámbito de lo social, de dónde surgen?
De esta manera tenemos un asunto más importante a resolver, pues la cuestión pública como marco de vínculo entre política y administración es la expresión de los asuntos sociales vueltos problemas, es el rostro de la convergencia del ejercicio político del poder con la capacidad imaginativa de la gestión, es decir vuelve al actor de ambos espacios de decisiones en un conocedor de los asuntos colectivos. Estamos frente a un proceso de construcción de conocimiento sobre el espacio público, buscando los elementos latentes que permitan la distinción con lo manifiesto en la realidad. De cierta manera estamos ante un proceso semejante de creación de la política y la filosofía que en manos de los griegos significó “... la primera emergencia histórica del proyecto de autonomía colectiva e individual...”
Así presenciamos la conformación de un análisis que restituye capacidades a la acción humana, al determinar que lo público y lo privado son dos categorías que se determinan mutuamente por las funciones y operaciones que instituyen producto de la práctica en el ámbito de lo social. En virtud de lo anterior, lo social establece un orden ético y moral de los asuntos sociales para ello construye el ambiente idóneo para que la cuestión de lo público se materialice en códigos que determinan el sentido de lo social como una esfera constitutiva de la acción humana, materialicen un mundo que en el caso que estamos por introducir puede ser la ciudad misma.
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miércoles, 19 de abril de 2017
viernes, 7 de abril de 2017
miércoles, 5 de abril de 2017
Algunas notas sobre élites
La elección del análisis del reclutamiento tiene como
consideración una dimensión sociológica donde se toman en cuenta elementos como
son el origen social así como el tipo de relaciones y posiciones sociales que
los legitiman generando entorno de los líderes un capital social sustantivo
para su mantenimiento y consolidación política, lo anterior implica reconocer
en qué medida su posición social así como su desempeño público permite
consolidar la reputación pública que se va conformando desde su ingreso y que se va fortaleciendo a partir de
un proceso de movilidad de la carrera política que eligen.
La forma de profesionalización de la vida pública de los
funcionarios electos como designados se convierte en un tema de estudio a
partir de que en el siglo XX los procesos de modernización política trajeron la incorporación de grupos políticos profesionales quienes ya
habían desarrollado competencias y habilidades técnicas. Lo importante es
destacar que los estudios del reclutamiento buscan encontrar cuales son los
mecanismos de adscripción política que se implementan al interior del sistema
político para incorporar y producir a las élites políticas.
Desde esta perspectiva el estudio de las élites políticas y
propiamente el proceso de reclutamiento político debe considerar la comunidad
de ubicación como un elemento determinante en la primera fase de formación de
los líderes, en el caso estudiado estamos hablando de funcionarios designados y
electos, pues están en un ambiente de compartir los mismos eventos y datos.
Conformados como grupos que mantienen las estructuras sociales y definir
políticas, por eso las élites políticas son actores que junto con el sistema
político, las relaciones entre las instituciones y los ciudadanos determinan el
cómo accede a un cargo dirigente un individuo.
De ahí que se diga
que el reclutamiento político se define como el proceso por el que los
individuos acceden a los puestos. Los procedimientos pueden ser formales o
informales. La diferencia de ambas reglas se determina por factores de
ingeniería constitucional o lo que es lo mismo, por elementos determinados por
la política convencional. Destaquemos por ejemplo las leyes y reglamentos así
como en la Constitución, marcos normativos que exponen el mecanismo como se
desarrolla la selección de los candidatos así como la forma de participación de
la ciudadanía. Asimismo, es necesario identificar que el propio sistema
político presidencial establece como base de sus características quién y ante
qué autoridad los miembros de los gabinetes son responsables, en una especie de
selección dirigida el presidente goza de esta prerrogativa que hace funcional y
estable al régimen.
Esto es si tomamos
que una de las características del sistema presidencial es que la designación
de los miembros de la Administración Pública por lo menos en los cuadros
dirigentes son designaciones que provienen desde el Ejecutivo tenemos que
reconocer que el proceso de selección por lo menos hasta el gobierno de Ernesto
Zedillo tuvo en la universidad en el centro de reclutamiento, muy por encima
del partido o el electorado. Asimismo no podemos desconocer que el presidente
establece un trabajo de selección a partir de su experiencia personal de ahí
que haya diversos círculos de donde puede conformar su proceso de
reclutamiento.
Hay casos que
podemos reconocer como sui generis
debido a que su carrera política-pública al desarrollarse en el interior de
secretarías de despacho, cargos técnicos o asesores, establecen vínculos con figuras
ambiciosas que les abren un espacio en el terreno de la política, espacio al
que se van interesando de manera más activa hasta que escalan importantes
posiciones en la burocracia gubernamental. A partir de lo anteriormente
expuesto podemos reconocer que un estudio sobre el reclutamiento de élites trata
de mostrar cuales han sido los centros de reclutamiento más socorridos por la
clase política y ver los cambios o mutaciones de este proceso selectivo.
La élite política
como grupo mantiene una estructura de dominación entorno de una coalición
dominante que mantiene un control y poder de decisión por encima de otros
miembros de la élite. Así definida la élite entorno de su función de acción y a
su contingente capacidad de inclusión. Esto es no hay una cohesión tal que
pueda identificar a la élite como un grupo homogéneo, por el contrario en su
interior existen grupos que manifiestan intereses y una diversidad de
posiciones lo que vuelve a nuestro objeto de estudio en una red complicada de
aprehender.
Realizar la
distinción del concepto de élite del de clase
política es determinante pues nos permite situar las características y
mecanismos de interacción así como espacios de interacción y de influencia,
pues mientras a la clase política “… pertenecen todos los políticos en la
medida en que participan de la estructura
de privilegios…”[1],
mientras que las élites se subdividen en económicas, culturales y de los medios
de comunicación, además de la política. Incluso podemos ubicar que su elemento
distintivo es la posibilidad de la cooperación con otras élites de otros
ámbitos para lograr respuestas eficientes a los problemas con que se enfrenta
la actividad política.
[1] Klaus von Beyme, La clase política en el Estado de partidos,
España, Alianza Editorial, 1995, p. 30
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jueves, 2 de marzo de 2017
Los movimientos sociales en el contexto democrático y la garantía de la libertad de expresión
El
momento de la democracia acompaña al nacimiento del nuevo movimiento social,
con agendas que reflejan nuevas circunstancias sociales , incluso las formas de
interacción implican intercambios y relaciones en los que podemos considerar
que a mayor democracia la diversidad posibilita que se logren una serie de
confluencias de partidos políticos, grupos de poder, presión y movimientos
sociales. Bajo lo anterior consideramos que no debe ni creemos que una agenda
altamente democratizada evapora la presencia de movimientos sociales. Por el
contrario, entendemos que debemos atender las contingencias de la política
representativa como factor que permite que el atributo de desempeño que un
movimiento social manifiesta a partir de “... redes que pueden
incluir organizaciones formales o no, dependiendo de las circunstancias...” (Della Porta y Diani, 2011:
48) le permite al MS superar la crisis de representación de intereses, a partir
de una interacción directa con el tomador de decisiones: el gobierno.
De ahí que nos interese analizar qué ocurre y
cómo se desarrolla esta relación en un contexto de confrontación política. Para
ello retomamos las categorías analíticas de Tilly en torno del tema de la
violencia, represión política, coerción, incluso identificamos la existencia de
los profesionales de la violencia,
quienes en un contexto de régimen neoliberal determinan formas de acción
que lesionan un modelo democrático.
Desde luego no desconocemos que en el
contexto de la protesta hay tres tipos de acciones que puede realizar un
gobierno a decir se destaca: acciones prescritas (adhesión a través de
ceremonias de lealtad); toleradas (cuando no afectan de forma directa a los
gobernantes y los recursos del gobierno); y prohibidas (suponen amenazas contra
los gobernantes y los recursos gestionados por el gobierno). En virtud a las
variables señaladas arriba podemos tipificar el tipo de régimen yendo de uno
democrático de alta capacidad a otro no democrático de capacidad alta, a un
régimen democrático de baja capacidad a otro no democrático de baja capacidad. Los
tipos de régimen permiten sacar conclusiones útiles que describen formas de
interacción entre el poder político y los actores sociales, destacamos las
conclusiones siguientes:
“... las actuaciones toleradas aumentan con la
democracia y disminuyen con la capacidad
de gobierno . La violencia es elevada en regímenes no democráticos de capacidad baja, alcanza cotas moderadas
en regímenes no democráticos de capacidad
alta y democráticos de capacidad baja, y es reducida en regímenes democráticos de capacidad alta.” (González
Calleja, 2011)
Si leemos los tipos descritos tenemos que
valorar que tanto la desigualdad incentivada o promovida desde los espacios de
decisión política son generadores de violencia, es así que la desigualdad
alimenta a la violencia que se convierte en un mecanismo ejecutado desde el
poder vía el uso de especialistas de la violencia, quienes se colocan en las
zonas grises del Estado (Auyero, ) al hacer uso de prácticas ilegales apara
garantizar cierta normalidad y uso del espacio público –pensamos en la
represión de la protesta, en la prohibición del uso de explanadas públicas que
son claros ejemplos de acciones inhibitorias del uso del espacio lesionando de
facto derechos de manifestación y de expresión por parte de núcleos
poblacionales que deberían contar con la respectiva garantía de sus derechos.
El objetivo de garantizar su derecho es porque la manifestación guarda un
principio en el que guardar una posición crítica ante el gobierno debe
reforzarse como un derecho y su ejercicio en un contexto en el que el
protestante es además un individuo vulnerable socialmente.
En manos de los jueces la garantía debe ser
una obligación pues
“...
proteger la expresión de los críticos del gobierno, y en especial la de
aquellos críticos que se encuentran en
una posición vulnerable, merece reforzarse todavía más en países como la Argentina [pero no sólo en México], en
donde la palabra, y sobre todo la palabra
pública, está distribuida de acuerdo con el dinero que cada uno tiene...” (Gargarella,2006:29)
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domingo, 30 de octubre de 2016
La designación de los Magistrados electorales
La integración del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación con el sistema de nombramiento escalonado,
estipulado desde la reforma electoral de 2007
en el Código electoral, trató que la “curva de aprendizaje” en la
materia no implicara un riesgo en el desempeño de la Sala Superior. En virtud
de la respectiva convocatoria, así como a la fracción II del artículo cuarto
transitorio de la reforma constitucional
la Suprema Corte de Justicia de la Nación presentó las siete ternas para
que el Senado eligiera por el voto de las dos terceras partes a los magistrados
que estarán encargados de la justicia electoral lo que resta del sexenio de
Enrique Peña Nieto y gran parte del próximo gobierno. En dicha selección de los
magistrados electorales se hallan por lo menos tres observaciones, pues
consideramos que dan sustento a una democracia de calidad, a saber los temas
son: la paridad de género en la designación de los magistrados; la designación que
trascienda criterios partidistas sin menoscabo de la respectiva politización de
la designación (evitar la “colonización” que los partidos promueven de
cualquier cuerpo colegiado) y, finalmente que el orden constitucional se cumpla
cuidando que el principio de legalidad quede garantizado.
Los tres temas referidos tienen una
dinámica que requiere atención particular, se advierte que una democracia
igualitaria es una práctica que más allá de garantizar la respectiva cuota de
género permite remediar y a su vez, ser
la garantía contra la discriminación que de manera sistémica se reproduce en
los espacios de decisión; es decir, al habilitar acciones garantes de inclusión
para mujeres se promueven valores en favor de la paridad y por ende de la
democracia, incluso la Magistrada María
del Carmen Alanís va más lejos al señalar que “No puede hablarse de Estado democrático de Derecho sin la participación
efectiva y real de las mujeres”. Sin embargo, a pesar de que hay voces que
luchan por adoptar estos criterios, en la presente integración de la Sala
Superior del TEPJF , que fue aprobada el pasado 20 de octubre, sólo se
incluyeron dos mujeres, situación que fue observada por la legisladora
independiente Martha Tagle al señalar que era deplorable que “la Suprema
Corte de Justicia de la Nación haya remitido al Senado dos ternas exclusivas de
mujeres.”
Con respecto a la nominación y definición de los nuevos integrantes, los
tres partidos con mayor número de senadores fueron quienes decidieron la
designación de los magistrados, el criterio fue adoptado desde el pasado 18 de
octubre cuando la Junta de Coordinación Política del Senado estableció por
acuerdo la regla que se adoptaría en la designación de los siete magistrados
del TEPJF, el PRI tendría la posibilidad de definir tres candidatos, dos por el
PAN , uno por el PRD y uno más por el acuerdo de “todos” los partidos
políticos.
La respectiva negociación entre tres fuerzas políticas en la Cámara de
Senadores a saber, PAN, PRI y PRD, permitió una integración que para senadores
de las otras fuerzas políticas excluidas (PT, independiente) se privilegió a
las propuestas colocadas como “prioritarias”, alejándose de criterios de
idoneidad y capacidad para ocupar el cargo, imperando el acuerdo político. Es
así que con base a un sistema de veto mutuo, tanto el PRI y el PAN lograron
mantener o colocar a sus candidatos, por ejemplo, destacamos el caso de José Luis Vargas quien
fue impugnado pero después de “negociar” que De la Mata Pizaña fuera elegido
por nueve años, el PAN cedió en su impugnación del candidato a magistrado
propuesto por el PRI. Al respecto de los criterios que determinaron la
designación Jorge Alcocer ha señalado que las cuotas partidistas “fueron
sobrepuestas a cualquier otro criterio de evaluación” e incluso se tomaron
decisiones apelando al vínculo personal o de “cuates” con alguno de los
legisladores.
Finalmente, con respecto a
la duración en el cargo de los magistrados, el pasado 25 de octubre se ha
presentado en el Senado la iniciativa que modifica el artículo cuarto
transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, dicha
modificación fue discutida en la JUCOPO el mismo día en que se aprobó el
mecanismo de designación, el 18 de octubre. Tal y como trascendió en la prensa
y en la iniciativa referida arriba, se propone ampliar la duración de los
magistrados que han sido designados, los magistrados que se verían beneficiados
son: Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón, designados por
seis años, así como José Luis Vargas Valdez e Indalfer Infante González, designados
por tres años. Es así que si la iniciativa procede los magistrados, entrarán en
funciones el próximo 4 de noviembre, verían ampliado su período bajo el
siguiente esquema: los electos para 3 años a 7 y los de 6 a 8 años. El criterio
para adoptar una posible resolución en el sentido arriba expuesto apela a la
estabilidad o incluso a una “necesidad histórica” como advierte María Marvan. Lo
que es evidente en la propuesta es una clara violación constitucional del
artículo 13 y 99, es un claro ejemplo de una ley privativa, así también la reforma nos coloca ante una
acción que atenta contra la improrrogabilidad de extender el nombramiento de
los miembros de la Sala Superior como de
las salas regionales. En suma, que se impulse el decreto atenta contra la
legitimidad, respetabilidad y autoridad de la Sala Superior del TEPJF e incluso
podemos advertir, que si no hay una postura de los magistrados electos
rechazando dicho acuerdo de la JUCOPO, obliga a evaluar si los compromisos
políticos no condicionan la independencia de los magistrados así como su imparcialidad.
No está por demás advertir, la propuesta violenta los principios de legalidad y
de seguridad jurídica que en todo momento deben primar en toda decisión en la
que el legislador está comprometido a garantizar la primacía del orden
constitucional.
México en la agenda de Estados Unidos
Para Estados Unidos la relación con México no es prioritaria; sin embargo, podemos reconocer la existencia de una agenda que ha sido recurrente entre los dos países, el tema comercial, narcotráfico y migración. Para los candidatos, demócrata y republicano, destaco aspectos de interés: revisión del Tratado de Libre Comercio, las políticas de seguridad asociadas con posibles deportaciones de líderes de grupos delictivos, así como la posibilidad de impulsar una reforma migratoria conforman una agenda que de por sí estará determinada por la capacidad de negociación del gobierno con los grupos de presión así como con congresistas que abiertamente están opuestos a impulsar cambios en este rubro. Las observaciones sobre el terreno comercial están encaminadas a establecer mecanismos de protección más que alentar una mayor apertura. Hay regiones que son más importantes para Estados Unidos en este momento: medio oriente, China y Europa.
jueves, 6 de octubre de 2016
El Sistema Nacional Anticorrupción
En la creación
del SNA hay una visión particular sobre
el tema de la corrupción como un mal endémico, por ello la implementación se
debe hacer sobre el eje de coordinación en la que la “soberanía normativa” de
cada una de las áreas involucradas no se convierta en el motivo para la
inacción. Es factible pensar en el incremento de gasto y de contratación de
personal; sin embargo, no debe ser el único eje de reflexión ya que hay
elementos claves como es la integración de los cuerpos colegiados y su capacidad
de decisión, la concreción de los
cambios en la estructura de la administración pública tanto federal como
estatal, ya que las viejas prácticas con que se reprodujeron son un obstáculo
para el SNA. Una cultura a favor de la transparencia y rendición de cuentas
adicionada de buenas prácticas son pilares de este nuevo tiempo en la materia.
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